quarta-feira, 8 de janeiro de 2014

España - TRASPLANTES Normativa Sanidad regula la promoción de donación de órganos y células

  • No se podrán promover donaciones de médula ósea que beneficien a un paciente concreto

  • Las campañas de particulares también tendrán que tener el visto bueno de la ONT


Centro de donación de médula en Madrid.
Centro de donación de médula en Madrid. R. CARDENAS
Desde este jueves, las entidades que pretendan desarrollar cualquier actividad de promoción y publicidad en apoyo de la donación de células y tejidos humanos deben, previamente, solicitar autorizacióna la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), según una orden del Ministerio de Sanidad que prohíbe expresamente aquellas campañas que busquen el beneficio de un paciente concreto, así como la captación de donantes por parte de empresas privadas.
"La filosofía general de la norma es que para hacer cualquier actividad de promoción de la donación de células o tejidos, de cualquier tipo,no se podrá hacer de cara a un enfermo concreto, no se podrá pedir compensación económica y no se podrá ofrecer publicidad falsa o engañosa", ha explicado el director de la ONT, Rafael Matesanz.
"Todas estas disposiciones ya estaban reguladas, pero en esta orden quedan totalmente claras, con toda la información blanco sobre negro", señala Matesanz a EL MUNDO.
Según explica, la iniciativa de conjugar en una norma la regulación existente surgió hace dos años, tras la introducción en España deDKMS, una empresa alemana que buscaba donantes de médula para su banco privado.
La nueva regulación, que complementa a la propia de cada comunidad autónoma, pretende evitar que promoción de la donación entre en colisión con los principios de salud pública, por lo que establece que las campañas de captación de donantes deberán ajustarse a los principios de voluntariedad, altruismo y desinterés, "debiendo advertir que ni el donante, ni ninguna otra persona física o jurídica, puede solicitar, ni percibir, contraprestación económica o remuneración alguna vinculada al objeto de este apartado".
Asimismo, "la promoción y publicidad de la donación u obtención de tejidos se realizará en todo caso de forma general, sin buscar beneficio para personas concretas, debiendo evitar los llamamientos colectivos para la donación en favor de un paciente concreto".
El BOE indica que "en ningún caso", la autorización a la que se refiere esta orden podrá amparar actividades de extracción, procesamiento, almacenamiento, distribución o implante de células y tejidos humanos.
Matesanz ha subrayado a este medio que toda persona o entidad que quiera hacer una promoción de la donación que exceda el ámbito de una comunidad autónoma deberá ajustarse a las disposiciones recogidas en esta nueva orden y pedir una autorización expresa (en el caso de que el ámbito sea regional, deberán seguirse los procedimientos de cada comunidad).
Según ha aclarado, campañas recientes como la de#Médulaparamateo no tendrían ningún problema en recibir la autorización siempre que cumplan con lo estipulado, es decir, no hagan un llamamiento para una persona en concreto, no realicen peticiones económicas y aporten una información veraz. "Si el mensaje es positivo y cumple lo establecido en las leyes, siempre será bienvenido", subraya el director de la ONT.

Procedimiento de autorización

Cuando estas campañas superen el ámbito de una comunidad autónoma los interesados deberán presentar una solicitud de autorización que será elevada a la ONT.
Así, la resolución deberá dictarse y notificarse al interesado en elplazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.
Además se contará con un informe de la Comisión de Trasplantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, cuando se rocen competencias de las comunidades autónomas. "Siempre va a ser una decisión consensuada con la CCAA y arbitrada por la ONT", advierte.
Así, con el fin de asegurar la unidad de criterio en la adopción de decisiones, las comunidades autónomas enviarán a la Secretaría de la Comisión copia de las solicitudes presentadas en sus respectivos registros, relativas a las actividades de promoción y publicidad objeto de la presente orden, a efectos de que, por el citado órgano colegiado, se emita informe previo a la adopción de la resolución de la correspondiente comunidad autónoma.
La normativa publicada en el BOE afecta también a la promoción de la donación de gametos (óvulos y espermatozoides), que "no son competencia" de la ONT pero era necesaria su regulación. Así, se deberá acreditar lo dispuesto por la Ley sobre técnicas de reproducción humana asistida, con respecto a la prohibición de la selección del donante por parte de los receptores de gametos, a la compensación por la donación y a la preservación del anonimato de los donantes.
Esto significa que, explica Matesanz, "se solicitará un informe a la Comisión Nacional de Reproducción Asistida que será la que se pronunciará sobre si procede o no".
Otro "caballo de batalla", señala el director de la ONT, que se verá subsanado con ésta orden serán aquellas iniciativas de promoción y publicidad de los bancos privados de cordón umbilical. "No es un fenómeno en modo alguno español, más bien internacional, pero cuando se empezaron a publicitar los bancos las posibilidades terapéuticas de estas técnicas se exageraron mucho", ha afirmado Matesanz, explicando que lo que se pretende evitar son falsas expectativas ante los beneficios de estas técnicas.

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